La reestructura que los diputados hicieron a la propuesta original de EPN
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general el Dictamen de la Reforma Hacendaria por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley del IVA, IEPS, ISR, entre las que destacan un nuevo impuesto especial que grava la venta de alimentos chatarra y se incrementaron rangos a la tarifa de ISR de personas físicas para llegar hasta una tasa de 35 por ciento.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
SE ELIMINAN EL GRAVAMEN A:
NUEVOS GRAVAMENES A:
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
Impuesto sobre la Renta (ISR)
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El Economista: http://bit.ly/H4T4wL
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general el Dictamen de la Reforma Hacendaria por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley del IVA, IEPS, ISR, entre las que destacan un nuevo impuesto especial que grava la venta de alimentos chatarra y se incrementaron rangos a la tarifa de ISR de personas físicas para llegar hasta una tasa de 35 por ciento.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
SE ELIMINAN EL GRAVAMEN A:
- El arrendamiento de casa habitación.
- A los intereses por créditos hipotecarios para a adquisición, reparación o construcción de casa habitación.
- La enajenación de inmuebles destinados a casa habitación.
- La prestación de servicios educativos (colegiaturas) y los espectáculos públicos.
- Se mantiene la exención al transporte público terrestre en áreas urbanas.
- Se elimina la tasa 0% en la enajenación de oro, como piezas de joyeria en general y lingotes.
NUEVOS GRAVAMENES A:
- La venta del chicle, alimento para mascotas, así como de las mismas mascotas, se gravarán a la tasa general.
- Homologación de la tasa general del IVA de 16% para la zona fronteriza.
- Impuesto a los bienes internados bajo regimenes aduaneros de importación temporal.
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
- Tasa del 5% a la enajenación e importación de alimentos no básicos con alta densidad calórica.
- (dulces, gelatinas, chocolates, flanes y pudines, cremas de cacahuate o avellana, dulces de leche, alimentos preparados a base de leche, los helados, nieves y paletas de hielo)
- Un peso por cada litro a las bebidas saborizadas, los concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, que contengan cualquier tipo de azúcares añadidos.
- Para los combustibles fósiles se acordó mantenerlo conforme a la iniciativa, a excepción de la enajenación de petróleo crudo y el gas natural.
- Impuesto a los bienes internados bajo regimenes aduaneros de importación temporal.
Impuesto sobre la Renta (ISR)
- Tributarán a una tasa de 31% las personas físicas con ingresos mayores de 500,000 pesos.
- Tasa de 32% a los ingresos superiores a 750,000 pesos.
- Tasa de 34% a los que obtengan ingresos por encima de 1,000,000 de pesos anuales.
- Tasa máxima de 35% a los que perciban ingresos superiores a 3,000,000 de pesos.
- Gravamen de 10% a las ganancias generadas en la Bolsa Mexicana de Valores.
- El régimen de incorporación fiscal contempla a contribuyentes cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior sea hasta 2,000,000 de pesos.
- La exención impositiva a casa habitación se aplicará hasta montos de 700,000 UDIS.
- Se permite deducción del importe de arrendamiento de autos a personas físicas y morales con actividad empresarial.
- Se propone elimimnar el Régimen de Pequeños Contribuyentes.
- Eliminación de la deducibilidad de consumos en restaurantes.
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El Economista: http://bit.ly/H4T4wL